¿Tengo que declarar mi cesta de Navidad?

En el mes de diciembre es habitual obsequiar a trabajadores y clientes con las tradicionales cestas de Navidad. Lo que a menudo se desconoce es la manera correcta de imputar estos regalos que, como cabe suponer, no están exentos de tributación.

Fiscalidad para la empresa:

IRPF  y Sociedades:

Las cestas de Navidad que se regalan a los trabajadores son fiscalmente deducibles para la empresa, tanto en Sociedades como en el IRPF,  en la medida en que se trate de una costumbre arraigada en la empresa, tal como establece la resolución vinculante de la Dirección General de Tributos V1905-15. No será necesario que figuren en convenio colectivo o en algún tipo de pacto que les obligue a ello, pues se entiende como un derecho adquirido del trabajador. El propio Tribunal Supremo, en sentencia 313/2016 del 21 de abril de 2016, declaró que “el beneficio de la cesta de navidad no se puede suprimir de manera unilateral por el empresario “.
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¡ Bones festes i bon any !

Calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2020

17468
Resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2020.

Núm. 291 Miércoles 4 de diciembre de 2019 Sec. I. Pág. 132783

Con el deporte……..

Equipo pre mini infantil Basquet Andratx

Equipo infantil B de C.E.Andratx

Calendario laboral general y local para el año 2020 en el ámbito de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
9804
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 2 de octubre de 2019 por la
que se hace público el calendario laboral general y local para el año 2020 en el ámbito de las Illes
Balears
Calendario Baleares 2020