Resolución de 23 de octubre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del VI Convenio colectivo general del sector de la construcción.
Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector de la Construcción de las Illes Balears en el que se aprueban las tablas salariales para los años 2019, 2020 y 2021
Resolució del conseller de Model Econòmic, Turisme i Treball per la qual es disposa la inscripció i dipòsit en el Registre de Convenis Col·lectius de les Illes Balears de l’Acord de la Comissió Negociadora del Conveni col·lectiu del sector de la construcció de les Illes Balears en el qual s’aproven les taules salarials per als anys 2019, 2020 i 2021 i la seva publicació en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (codi de conveni 07000335011981)
Núm. 8498
La entrada en vigor del registro horario obliga a muchas empresas a extremar el cumplimiento de la ley al retribuir el exceso de jornada.
Uno de los efectos del registro horario, en vigor desde el pasado 12 de mayo, será el afloramiento de muchas horas extraordinarias que antes no se pagaban. El Estatuto de los Trabajadores regula esta figura en su artículo 35. Dicho precepto las define como «aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria», y establece que deberán ser retribuidas con una cuantía que, en ningún caso, puede ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensadas con tiempos equivalentes de descanso. Seguir leyendo